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Estadísticamente es difícil que te toque una inspección de trabajo en tu empresa, pero es posible. Y eso sin tener en cuenta con que alguien puede denunciarte de forma anónima para ello, por lo que conviene saber cómo actuar cuando un inspector de trabajo acude a nuestro negocio.

¿Quién puede recibir una inspección laboral?

En resumidas cuentas, cualquier trabajador autónomo o empresa, ya sea pública o privada, independientemente de su naturaleza jurídica, que tenga empleados contratados. Incluso sin tener empleados, siendo los socios de una comunidad por ejemplo los propios trabajadores, también se puede recibir una inspección de trabajo, por lo que al final todo negocio está expuesto a una inspección.

¿Cómo se notifica una inspección de trabajo?

Debido a que con el efecto sorpresa no da tiempo a las empresas a intentar ocultar cosas, las inspecciones de trabajo no tienen por que ser notificadas. En algunos casos se notifican por correo certificado y en otros no.

Es más, el inspector puede actuar como un cliente normal, por ejemplo si sospecha que no se están emitiendo tickets de venta, para ver qué ocurre en su caso.

Además, la inspección laboral no tiene por qué producirse directamente en tu empresa. Si por ejemplo tienes contratada una asesoría, pueden dirigirse directamente a ellos para solicitarles documentación sobre cualquier cosa: contratos de trabajo, facturas…

¿Qué hacer y qué no cuando acude a tu empresa un inspector de trabajo?

Ante todo debes proporcionar la colaboración que el inspector necesite para llevar a cabo sus tareas, bien tu o bien algún empleado. Debes dejar acceder al inspector a cualquier zona de trabajo, proporcionándole si es necesario y en la medida de lo posible equipo especial si lo necesita, como cascos o protecciones, por ejemplo.

Se debe facilitar al inspector o subinspector toda la documentación que necesite, como por ejemplo contratos laborales, facturas, documentación de seguros… Si toda o parte de esta documentación no está en el lugar de la inspección o la tiene una asesoría externa, se debe proporcionar en tiempo y forma acordada con el inspector.

Además, debes pedir a tus empleados que colaboren también con el inspector, y que si les preguntan algo respondan con la mayor sinceridad posible. Estos pueden recibir preguntas de cualquier tipo, pero las más comunes son las relacionadas con su situación contractual con la empresa: fecha de alta, salario pactado, etc.

Y, para terminar, dos cosas que no debes hacer nunca:

  • Impedir u obstruir al funcionario realizar su trabajo, o no presentar documentación a tiempo si se solicita, ya que esto conlleva sanciones leves, graves o muy graves si el inspector ni siquiera puede acceder al centro de trabajo. Algunas sanciones pueden conllevar incluso el cierre temporal del negocio.
  • No leer una notificación o resolución, ya que aunque no la leas o te niegues a firmarla, seguirá su curso y será peor para ti y la empresa no saber a qué te enfrentas.