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Ayer, 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda ha anunciado un nuevo cambio en el calendario de implantación de VERI*FACTU, el sistema que establece nuevos requisitos para los programas informáticos de facturación y del que ya hemos hablado largo y tendido.

Según la información comunicada por Hacienda a través de una nota de prensa, la intención es trasladar la implantación de VERI*FACTU a 2028, coordinándola con la entrada en funcionamiento de la facturación electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.

Pero hay una cuestión importante que conviene aclarar desde el principio:

El aplazamiento a 2028 todavía no es definitivo ni puede considerarse oficialmente aprobado.

La modificación anunciada todavía tiene que materializarse mediante la correspondiente modificación normativa. Por tanto, a día de hoy no existe todavía en el BOE una nueva norma que sustituya los plazos actualmente establecidos. Y, una vez en el BOE, como debe establecerse a través de un Real Decreto-Ley, luego debe ser convalidado en el congreso.

Esto son solo trámites burocráticos, la realidad es que el aplazamiento a 2028 se va a llevar a cabo, pero mientras no sea oficial no sería responsable por parte de un fabricante de software, como nosotros, no comunicar la información de forma precisa.

¿Qué plazos estaban previstos para VERI*FACTU?

El calendario vigente hasta este anuncio establecía la adaptación de los sistemas informáticos de facturación en dos fechas:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales incluidos en el ámbito de la normativa: autónomos y entidades que tributen en IRPF.

Estos plazos proceden del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación y de su posterior modificación.

¿Por qué se quiere aplazar VERI*FACTU?

La explicación ofrecida por Hacienda es fundamental para entender este cambio de calendario.

El objetivo es coordinar la implantación de VERI*FACTU con la de la factura electrónica obligatoria, y que a su vez todo esté preparado para adaptarse a la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), evitando que autónomos y empresas tengan que afrontar en un periodo muy corto dos grandes procesos de transformación de sus sistemas de facturación.

Son dos obligaciones diferentes, pero ambas implican cambios importantes en los programas utilizados para facturar.

La idea sería que ambos procesos se desarrollen de forma coordinada y que las empresas puedan adaptar sus sistemas de facturación de una manera más ordenada, evitando tener que realizar primero una adaptación para VERI*FACTU y poco después otra para la factura electrónica.

En el caso de trabajar con un software en la nube como el de Ilastec esto es indiferente, ya que el software se actualiza periódicamente para adaptarse a todas las normativas vigentes, entre otras cosas. De hecho, desde que se anunció VERI*FACTU hasta el día de hoy, este reglamento técnico ya ha sufrido varias modificaciones sustanciales que hemos ido aplicando en el software.

La factura electrónica ya ha avanzado

Mientras que el nuevo calendario de VERI*FACTU todavía está pendiente de aprobación, la regulación de la factura electrónica obligatoria ya ha dado pasos importantes. El pasado mes de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto 238/2026, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.

Y el 5 de octubre de 2026 se ha publicado también en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que desarrolla los aspectos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica.

Esta Orden Ministerial concreta, entre otras cuestiones, aspectos como:

  • La estructura y contenido de las facturas electrónicas.
  • El modelo semántico europeo EN 16931.
  • La utilización de la sintaxis UBL.
  • Los mecanismos de emisión e interconexión.
  • La identificación de las facturas.
  • La comunicación de los estados y pagos.
  • La comunicación entre plataformas privadas y la solución pública de facturación electrónica.

Esto significa que, aunque todavía queda camino por recorrer hasta la aplicación efectiva de la obligación, las especificaciones técnicas necesarias para comenzar a preparar los sistemas ya están mucho más definidas.

¿Qué significa esto para los clientes de Ilastec?

En Ilastec llevamos tiempo siguiendo la evolución de toda esta normativa y trabajando en la adaptación de nuestro software a los nuevos requisitos de facturación. El nuevo escenario nos permite, además, abordar ambas transformaciones de forma conjunta.

Como el software de facturación de Ilastec ya está totalmente preparado para VERI*FACTU desde hace más de un año, durante los próximos meses vamos a centrar parte de nuestro desarrollo en preparar el software para la factura electrónica obligatoria.

Nuestro objetivo es que nuestros clientes puedan disponer de las funcionalidades necesarias dentro de Ilastec sin tener que cambiar de programa ni afrontar procesos complejos de adaptación cuando llegue el momento.

Entonces, ¿hay que hacer algo ahora?

Por el momento, no recomendamos tomar decisiones precipitadas únicamente por el anuncio del aplazamiento.

El calendario definitivo de VERI*FACTU todavía tiene que aprobarse formalmente. Hasta que se publique la modificación normativa correspondiente, los plazos actualmente establecidos siguen siendo los que figuran en la normativa vigente (1 de enero o 1 de julio de 2027).

Además, el hecho de que se haya anunciado un posible traslado a 2028 no significa que haya que olvidarse del proceso de digitalización de la facturación. El que primero se adapte tendrá una ventaja operativa grande, ya que la factura electrónica permitirá agilizar cobros de facturas y cotejo de las mismas.

Importante

La información de este artículo está actualizada a 5 de octubre de 2026. En esta fecha, el aplazamiento de VERI*FACTU hasta 2028 ha sido anunciado por Hacienda, pero todavía no se ha producido la modificación normativa definitiva que haga oficial el nuevo calendario. Por tanto, las fechas definitivas quedan pendientes de su aprobación y publicación.

Desde Ilastec Software nos mantendremos pendientes de todas las actualizaciones normativas para avisar a nuestros clientes y potenciales clientes de cómo avanza todo.