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Hace ya algunos años que el término «falso autónomo» empezó a sonar con fuerza. Vamos a contarte en qué consiste y lo que supone esta figura y por qué los inspectores de la seguridad social tienen a las empresas que contratan falsos autónomos entre ceja y ceja.

La figura de los falsos autónomos está instaurada en muchos sectores, y en algunos otros se utiliza esta figura de forma minoritaria o incluso a veces sin saber que se está recurriendo a ella.En este artículo vamos a contarte lo que significa ser un «falso autónomo».

¿Qué son los falsos autónomos?

Se trata de la contratación de una persona por parte de una empresa para realizar un servicio o trabajo, pero en lugar de hacerlo en el régimen general de la Seguridad Social, lo hace a través de la figura del autónomo.

De esta forma, los costes de la Seguridad Social recaen en la persona contratada, que tendrá que pagar su cuota de autónomos, la cual en la mayoría de los casos es inferior a lo que tendría que abonar la empresa a la Seguridad Social si fuera un asalariado normal y corriente.

Evidentemente esto es un fraude y es ilegal, y sin duda la mayor beneficiada en todo esto es la empresa: el autónomo no tiene derecho a vacaciones, tiene que él mismo obtener su material de trabajo, etc. Sin embargo, a pesar de ser autónomo, la empresa le establece horarios y cómo debe trabajar, como si fuera un empleado más, y es en este punto donde se detecta a la mayoría de personas que trabajan como falsos autónomos.

¿Qué ejemplos podemos encontrar de falsos autónomos en el día a día?

Los falsos autónomos los podemos encontrar en muchos tipos de empresa. Clínicas médicas, medios de comunicación, restauración, etc.

Vamos a pensar en un médico en una clínica. La clínica tiene un dermatólogo y decide despedirlo por problemas económicos. Al tratarse de un departamento importante, no pueden quedarse sin dermatólogo y deciden contar con la colaboración de un dermatólogo autónomo. Este dermatólogo autónomo no estará dado de alta en la plantilla de la clínica, sino que está contratado por la clínica para determinados servicios. Será el dermatólogo el que pague sus cuotas de Seguridad Social y emitirá una factura a la clínica para que le pague por sus servicios.

Puede parecer algo normal pero el problema está cuando ese dermatólogo tiene un horario establecido, un lugar al que dirigirse para realizar su trabajo. Además, cuando hay reuniones para tratar algún caso de un paciente, el dermatólogo está ahí. Participa en congresos representando la clínica y lleva identificación de la misma. En este momento es cuando hablamos de un falso autónomo. Ya que si por ejemplo quisiera coger un permiso de un día para gestiones personales, no podría. Como tampoco podría coger vacaciones. Realiza el mismo trabajo que realizaría el dermatólogo que estaba en plantilla pero sin que estén pagando por él la Seguridad Social.

Como decimos, esto sucede en muchos sectores profesionales y supone un gran problema y fraude para la Seguridad Social.

¿Entonces que supone ser «falso autónomo»?

Tienes las mismas obligaciones que un trabajador por cuenta ajena pero, como indicábamos anteriormente, no tienes derechos. La empresa con la que tienes esta relación no paga a la Seguridad Social y por lo tanto no tienes derecho a permisos, vacaciones…

¿Tiene desventajas ser falso autónomo?

Rotundamente sí. Vamos a contarte las desventajas:

  • Al ser falso autónomo, no se te podrá aplicar el Estatuto de los Trabajadores ni tampoco el Convenio Colectivo. ¿Qué supone? lo que ya te hemos comentado en este artículo, no tienes los derechos que ahí se reconocen.
  • Estas sujeto al derecho civil y mercantil por lo tanto, pareces un autónomo al uso, y tendrás muchas menos protecciones.
  • No puedes tener salario ya que emites facturas a la empresa en la que trabajas.
  • Si la empresa decide terminar el trabajo contigo, despedirte, no tienes derecho a ninguna indemnización por la finalización del trabajo.

¿Tiene obligaciones el falso autónomo?

Sí, tiene obligaciones ya que al fin y al cabo, es un autónomo por lo que deberá estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Además debe pagar la cuota de autónomos, ya sea tarifa plana o la que esté en vigor en el año en que se trate.

Además el falso autónomo debe de realizar las correspondientes retenciones de IRPF y los pagos trimestrales, así como estar dado de alta en IVA y presentar las declaraciones trimestrales que se precisen.

¿Qué conclusión podemos sacar de todo esto? que nos encontramos ante una figura completamente desprotegida. Una figura de la que empresas se aprovechan para ahorrar costes como puede ser la Seguridad Social.

¿Cómo saber si soy un falso autónomo?

Si realizas trabajos para una empresa teniendo que estar dado de alta como autónomo en lugar del régimen general, serías un falso autónomo si se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:

  • La empresa te impone horarios: un autónomo es libre de trabajar cuando quiera, siempre que su trabajo se realice en tiempo y forma convenidos.
  • Te proporcionan cualquier tipo de equipo o material para trabajar: si fueras un autónomo de verdad, tú mismo tendrías que tener tu material de trabajo. Por ejemplo, un diseñador gráfico que tiene múltiples clientes utiliza su propio ordenador para trabajar.
  • Te dan instrucciones firmes sobre cómo realizar tu trabajo o te obligan a trabajar en con unas herramientas concretas: si fueras autónomo de verdad, tú mismo tendrías tu sistema de trabajo. El cliente al final te contrata por lo que le vas a entregar, no por cómo lo haces.

Una figura parecida, pero no igual a los falsos autónomos, son los autónomos económicamente dependientes, de los que hablaremos más adelante en otro artículo.

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