Skip to main content

Cuando inicias una negocio, una de las dudas que te pueden surgir es qué tipo de figura elegir. En este artículo te hablaremos de la Sociedad Limitada. Te contaremos todo lo que conlleva este tipo de sociedad mercantil y los impuestos que debes presentar si estas bajo ella.

La Sociedad Limitada es uno de los tipos de sociedades que más abunda en España. Son muchas las ventajas que presenta, aunque también tiene algún inconveniente. Es por ello que hay quienes prefieren mantenerse en otro tipo de sociedad como la Comunidad de Bienes, o simplemente ser autónomos.

Como te comentábamos al inicio de este artículo, vamos a analizar en profundidad la Sociedad Limitada para que tengas un conocimiento completo de la parte teórica de este tipo de sociedad. Toma nota.

¿Qué es una Sociedad Limitada?

La podemos encontrar como Sociedad Limitada (SL) o como Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) pero, en ambos casos, la definición es la misma. Como te comentábamos al inicio, es la figura más habitual en España y la encontramos sobre todo en pequeñas empresas. Esto es así debido a que la responsabilidad frente a terceros se limita al capital aportado a la empresa, algo muy a tener en cuenta a la hora de crear un negocio. En el caso de escoger Comunidad de Bienes o casi cualquier otro tipo de sociedad, los socios responderían con todo su propio patrimonio frente a deudas con terceros, por lo que resulta interesante adherirse a la figura de la SL.

La última cifra que encontramos en referencia al número de sociedades limitadas en España es de 1.154.289 en el año 2019. Lo que supondría algo más del 34% del total de empresas del país.

Características de las sociedades limitadas

Vamos a contarte a continuación, cuales son las características de este tipo de sociedad:

  • Responsabilidad de los socios: la responsabilidad es limitada y solidaria. Limitada al capital aportado y solidaria entre ellos. Esto quiere decir que, ante una deuda de la sociedad, los socios no responden con su patrimonio personal, lo que supone una tranquilidad en el caso de que las cosas fueran mal.
  • Número de socios: el mínimo es uno y no hay máximo. Si se tratara de una sociedad con un único socio, estaríamos hablando de Sociedad Limitada Unipersonal. Además, pueden constituirlo personas físicas o jurídicas.
  • Clase de socios: los socios pueden ser trabajadores o socios capitalistas.
  • Capital social: se deberá aportar capital social, siendo el mínimo 3.000€ y no teniendo máximo. La aportación puede ser monetaria o en especie. Se dice que una aportación es en especie cuando no se aporta dinero, sino algo físico como puede ser un coche, un ordenador… Para que se admita como aportación en especie, debe de poder valorarse o cuantificarse y que se acepte por el resto de socios.
  • Reparto de capital social: será en participaciones sociales. Existen limitaciones en esta repartición y siempre tendrán preferencia los demás socios de la sociedad frente a terceros en cuanto a la transferencia o venta de participaciones por parte de un socio.
  • Constitución: debe realizarse mediante estatutos y escritura pública firmada ante un notario, y posteriormente, deberá entregarse en el Registro Mercantil. En dicho documento se deben de reflejar las aportaciones que realiza cada socio (dinerarias o en especie) y el tanto por ciento del capital social que tiene cada socio.
  • Órgano de administración y gestión: hay varias opciones y deberás elegir una en los estatutos.
    1. Administrador único: es una única persona.
    2. Administradores solidarios: cada uno de los socios puede actuar por su cuenta pero cualquier acción compromete a todos los socios.
    3. Administradores mancomunados: deberán actuar conjuntamente. Esto quiere decir que deberán firmar conjuntamente lo que, por otra parte, ralentiza los procesos.
    4. Consejo de administradores: cuando son dos o más administradores.
  • Responsabilidad de la gestión: recaerá sobre la figura del administrador.
  • Régimen de la Seguridad Social: varía en función de las participaciones y funciones que desempeñe cada socio. En este artículo se explica perfectamente.

¿Qué impuestos debe presentar una Sociedad Limitada?

Son varios los impuestos que se deben de presentar y, en este mismo blog, hemos hablado de ellos. Si pulsas en este enlace podrás acceder a un artículo donde te lo explicamos todo.

¿Qué ventajas e inconvenientes tiene una Sociedad Limitada?

Cuando hemos descrito este tipo de sociedad, ya hemos mencionado alguna pero ahora vamos a dejarlo esquematizado:

Ventajas:

  • La principal ventaja es la que tiene que ver con la responsabilidad. Ya que en este tipo de sociedades, la responsabilidad frente a terceros o acreedores es sobre el capital social y bienes a nombre de la sociedad pero nunca sobre el patrimonio personal.
  • El número de socios mínimo es uno, por lo que hablaríamos de sociedad limitada unipersonal.
  • Cuando superamos cierto nivel de importe en beneficios, los impuestos de una sociedad limitada son menores que los que tendría que rendir un autónomo.
  • Al ser una sociedad, el autónomo puede establecerse un sueldo y desgravarlo como gasto.
  • Por ser Sociedad Limitada, se consiguen mejores opciones en cuanto a condiciones y créditos bancarios.

Inconvenientes:

  • Capital social mínimo exigido de 3.000€. Esto para una persona que esté planteándose abrir un pequeño negocio puede ser un obstáculo, y quizá en ese caso sea mejor decantarse por ser autónomo u otro tipo de sociedad civil.
  • Igual que comentábamos que una de las ventajas son las participaciones, diremos también que uno de los inconvenientes de este tipo de sociedad es que no son fácilmente transmisibles. Para poder venderlas, deberemos tener en cuenta los estatutos de la sociedad y la Ley vigente, sabiendo que tienen preferencia en el reparto los socios frente a terceros. Si el objetivo es alcanzar un gran número de inversores, este tipo de sociedad no es una opción fácil para ello. En este caso convendría más una sociedad anónima.
  • Los tiempos de constitución son largos. Es decir, si necesitas iniciar la actividad de forma urgente, quizás te compense más hacerte autónomo. Si pulsas en este enlace, podrás ver los artículos en los que hemos hablado sobre como darte de alta en autónomos. Además, también hemos hablado del coste que supone ser autónomo.
  • Aunque comentábamos que podemos acceder a mejores condiciones de financiación, el banco puede pedirnos garantías personales para acceder a algún crédito, lo que dificultaría el proceso.

Como ves, algunos de los puntos fuertes de la Sociedad Limitada, también presentan inconvenientes. Todo depende de la situación en la que te encuentres a la hora de elegirla para tu actividad.

Si estas comenzando con tu negocio y necesitas un software que te ayude con la facturación, ingresos, gastos, informes para la presentación de impuestos, además de la posibilidad de tener punto de venta (TPV) con tienda online integrada, pásate por nuestra web y solicítanos una demo.